1. Presentación de la política pública: Casa do maior (Casa del mayor). El artículo 50 de la Constitución española establece que se promoverá por parte de los poderes públicos el bienestar de la ciudadanía mayor, independientemente de las obligaciones familiares, mediante un sistema de servicios sociales que atenderá los problemas específicos de salud, vivienda, cultura y ocio de este colectivo en concreto. Por ello la Consellería de Política Social para la que trabajo ha decidido desarrollar el proyecto “ Casa del mayor ” como alternativa cuando en el entorno no existan recursos de atención para el colectivo de personas mayores o cuando el internamiento en instituciones no sea deseado, procurando el mantenimiento en el medio social habitual con la finalidad de que se pueda garantizar la futura puesta en marcha eficiente de servicios de atención en pequeños grupos, de manera flexible y con garantías de seguridad y calidad. De esta forma se atiende, por una parte, al bienestar de c...